Prestación por desempleo | FAQs | Paro | Máximo, mínimo y cálculos
Espero que esta entrada no os haga mucha falta. Es algo que nadie sabe hasta que le pasa y a mi me podido la curiosidad. ¿Es menos o más de lo que pensabas?
[ Qué requisitos hay que cumplir ]
Además de perder el empleo de forma definitiva o temporal, para tener derecho a la prestación por desempleo hay que cumplir otros requisitos. Son éstos:
- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo y acreditar disponibilidad para buscar trabajo activamente y para aceptar una colocación adecuada.
- Haber cotizado a la Seguridad Social durante un período de al menos doce meses. No es necesario haber trabajado doce meses seguidos, sino doce meses en total durante los seis años anteriores al momento de perder el empleo.
- No haber cumplido la edad que da derecho a la pensión de jubilación.
La cuantía se calcula a partir de la llamada base reguladora, que se obtiene dividiendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los últimos 180 días naturales, incluido el periodo de vacaciones si corresponde.
El tope máximo establecido para las prestaciones por desempleo:
- 894, 88 euros al mes si no tiene hijos a su cargo.
- 1.026,48 euros al mes si tiene un hijo a su cargo.
- 1.158,08 euros si se tiene dos o más hijos a su cargo.
De la misma forma que hay unos topes máximos de la cuantía de la prestación también hay unos topes mínimos. Los correspondientes a 2003 son éstos:
- 526,40 euros al mes si no se tienen hijos a su cargo.
- 394,80 si se tiene uno o más hijos a su cargo.
Ningún parado con derecho a prestación por desempleo puede cobrar una cantidad inferior a estos topes mínimos aunque al calcular la cuantía que le corresponde a partir de su base reguladora le salga una cifra inferior. Sólo cobrará menos si tenía un contrato a tiempo parcial, ya que el tope de la prestación se establece según la duración de la jornada laboral.
[ Duración de la prestación ] La duración está en función de los periodos cotizados por el trabajador, tal como se indica en este cuadro:
| Período de ocupación cotizada en los seis últimos años | Duración de la prestación |
| Desde 360 hasta 539 días | 120 días |
| Desde 540 hasta 719 días | 180 días |
| Desde 720 hasta 899 días | 240 días |
| Desde 900 hasta 1.079 días | 300 días |
| Desde 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
| Desde 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
| Desde 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
| Desde 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
| Desde 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
| Desde 2.160 días | 720 días |
Cómo calcular la cuantía – Datos de nómina
Preguntas frecuentes “” Calidad en el Empleo
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